En respuesta al compañero Julian sobre si los arcos tienen que ser comerciales, cosa que yo afirmaba, una vez informado anuncio que no solo en los cuerpos, si no también con las palas él tenia razón pues NO se necesita obligatoriamente que sean comerciales y registrados por cualquier marca o fabricante. El propio reglamento de la RFETA, delimita y aclara en cuanto a las formas de los cuerpos y de las palas para su uso, dependiendo de la modalidad a practicar. Donde sí es más rigurosa la RFETA es en la forma y uso de los distintos accesorios que se ponen como apoyo y ayuda, admitidos para según qué modalidad.
Un saludo
Un saludo